Cámara de Diputados avala reforma para blindar la autonomía sindical; injerencia de funcionarios será falta administrativa grave
* La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que prohíbe explícitamente cualquier intervención del poder público en procesos sindicales y establece sanciones para servidores que manipulen elecciones, recursos o vida interna de los sindicatos del Estado
Redacción
La Cámara de Diputados avanzó una de las reformas más relevantes en materia laboral para el sector público de los últimos años al aprobar, en Comisión, el dictamen que blinda la autonomía sindical de las y los trabajadores del Estado y tipifica como falta administrativa grave cualquier acto de injerencia cometido por servidores públicos.

La diputada Maiella Gómez Maldonado, presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, voto a favor del dictamen que adiciona el artículo 69 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y el artículo 64 Quáter a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Ambas reformas fueron aprobadas por unanimidad en el Senado el 5 de noviembre de 2025 y ratificadas también por unanimidad en Comisión, con 28 votos a favor.
La reforma establece, por primera vez de forma explícita, que los sindicatos del sector público deberán contar con protección plena frente a actos de injerencia por parte de autoridades. El nuevo artículo 69 Bis enumera conductas que históricamente vulneraron la libertad sindical y que ahora serán sancionadas, entre ellas:
• Coaccionar o amenazar para influir en el voto de trabajadores.
• Presionar jerárquicamente para apoyar planillas o candidaturas.
• Condicionar permisos, programas o servicios institucionales a cambio de respaldo sindical.
• Ofrecer ascensos o estímulos para manipular procesos internos.
• Utilizar recursos públicos —vehículos, instalaciones, redes o personal— con fines electorales dentro del sindicato.
• Difundir propaganda desde instituciones para favorecer o afectar a una dirigencia.
El objetivo central es impedir que “el funcionariado en turno” influya en la constitución, administración o procesos democráticos de cualquier organización sindical del Estado.
Con la adición del artículo 64 Quáter, cualquier persona servidora pública que incurra en actos de injerencia será responsable de una falta administrativa grave, lo que abre la puerta a sanciones que pueden incluir inhabilitación, suspensión, multas y procedimientos ante autoridades competentes.
La diputada Gómez Maldonado subrayó que esta medida alinea al país con los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, que obligan a garantizar sindicatos libres de intervenciones gubernamentales, así como con la reforma laboral de 2019 que instauró el voto libre, personal, directo y secreto en la democracia sindical.
La presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social señaló que casi la mitad de la fuerza laboral de la Administración Pública Federal está integrada por mujeres, cada vez más presentes en cargos directivos y de representación sindical. Garantizar su derecho a organizarse sin presiones, dijo, es indispensable para avanzar en igualdad sustantiva.
El dictamen establece un plazo de 45 días para que los congresos locales ajusten sus leyes laborales y de responsabilidades administrativas, con el fin de homologar el nuevo estándar nacional.
La reforma obtuvo la aprobación en el Senado y en la Comisión de Trabajo, lo que refleja que proteger la libertad sindical y transparentar la función pública es un tema de consenso entre las fuerzas políticas.
“Con esta reforma cerramos la puerta a viejas prácticas de intervención y avanzamos hacia mayor justicia laboral y verdadera libertad sindical”, concluyó Maiella Gómez en entrevista.

